La Junta de Extremadura informa de las siguientes condiciones de utilización de la herramienta de elaboración y tutorización de planes de empresa:
1. La herramienta informática para la realización de planes de empresa accesible a través de la dirección electrónica: http://plandeempresa.extremaduraempresarial.es ha sido creada como recurso válido para que cualquier persona emprendedora analice la viabilidad de su proyecto. Además la realización del plan de empresa es requisito necesario para solicitar las ayudas para el fomento del autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
2. El plan de empresa deberá ser elaborado a través de la mencionada herramienta y deberá tutorizarse por:
a) Personal Técnico de los Puntos de Acompañamiento Empresarial impulsados por la Junta de Extremadura y los profesionales de las oficinas y centros de empleo del SEXPE que se especifican en la dirección www.extremaduratrabaja.es y http://plandeempresa.extremaduraempresarial.es
b) Agentes de Empleo y Desarrollo Local o personal técnicos expertos en materia de asesoramiento empresarial a nuevas personas emprendedoras, que pertenezcan a las Entidades Locales, personal técnico de los Grupos de Acción Local, los Técnicos de las Diputaciones Provinciales y por el personal técnico de las Cámaras de Comercio de Cáceres y Badajoz, debiendo, el personal técnico y las entidades a las que pertenezcan, cumplimentar un compromiso de participación que la Dirección General de Empresa de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, pondrán a disposición en la web: http://plandeempresa.extremaduraempresarial.es, el día que entre en vigor el presente decreto.
c) El personal técnico de las Asociaciones de autónomos de la región que hayan suscrito el Plan del Empleo Autónomo 2016-2019, que figurará en la dirección: www.extremaduratrabaja.es y que formalicen el mismo compromiso que el aludido en el párrafo anterior, el cual será facilitado a través del mismo medio y desde el día, que entre en vigor el presente decreto.
3. Solicitar un tutor permite iniciar una relación mutua tutor/a y emprendedor/a, en la que éste último se compromete a facilitar la información que el tutor precise en el tiempo que le posibilite valorar adecuadamente la viabilidad del proyecto.
4. Para la tutorización se establece un período máximo de 30 días naturales para la finalización del plan de empresa con posibilidad de prórroga de 10 días naturales adicionales.
5. Si pasados los primeros 15 días naturales de desarrollo del plan de empresa, el emprendedor no ha trabajado en el mismo, se enviará un correo electrónico indicando que si en el plazo de 7 días naturales, no comienza con el desarrollo del plan, el mismo se considerará automáticamente abandonado y por lo tanto no podrá seguir trabajando en él. En caso de seguir interesado en la elaboración del plan de empresa para la solicitud de la ayuda, tendría que crear uno nuevo y comenzar con todo el proceso de selección de tutor.
6. El tutor valorará el Plan de empresa en base a los datos aportados por el emprendedor con la finalidad de acreditar la viabilidad del mismo. En el caso de que la valoración realizada por el tutor no cumpla los parámetros para ser “Viable”, el emprendedor dispondrá de tres días naturales para revisar su proyecto. En el caso que el emprendedor revise y modifique el plan de empresa siguiendo las indicaciones del tutor, solicitará una nueva y última revisión al tutor, quien valorará el proyecto y comunicará de nuevo al emprendedor que dispone de otros tres 3 días (los últimos) para realizar las modificaciones indicadas. Trascurridos este periodo el tutor valora el proyecto y lo acredita como Viable o no viable.
7. No olvide que la elaboración del Plan de Empresa es requisito para el acceso a determinadas ayudas para el fomento del autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pero el hecho de presentar la solicitud de tutorización para la elaboración de dicho Plan no constituye la iniciación del procedimiento de solicitud de ayudas.